miércoles, 23 de febrero de 2011

Autor: Luis Alfredo Pratlong Bonicel (H. Nectario María)

CARACHE SUS COMIENZO, PRIMEROS ENCOMENDEROS:
Por: el Reverendo Nectario María

La ciudad de Carache (San Juan Bautista de Carache, situada en un hermoso y ameno Valle, goza de clima primaveral y es sede de una población sana y laboriosa).
Al igual de otros muchos pueblos y ciudades de Venezuela, sus comienzos no arrancan de una fundación a base de autos o decretos, sino que se pierde en la penumbra de la iniciación de las encomiendas y de un primer pueblo indígena que con el nombre de San Juan Bautista agrupó a los Indios del Valle de Carache, y sirvió de asiento a sus primeros doctrineros y encomenderos.

En los principios de los orígenes de Carache se perfilan las figuras de Francisco Terán, Luís de Villegas y Francisco Infante como poseedores de las primeras encomiendas dadas en aquel Valle.

Los tres figuran en la lista de los fundadores y primeros fundadores de Trujillo (1). Aun más, hay probabilidades de que Francisco Terán, anteriormente vecino del Tocuyo hubiese penetrado en el valle de Carache con anterioridad a la conquista de los cuicas.



Lo que hay de cierto, es que después de la fundación de Trujillo por Diego García de Paredes, Francisco Terán que había sido uno de los principales pobladores, recibió como gratificación y premio de sus servicios una buena encomienda en el valle de Carache que desde los principios se vino denominando Valle de San Juan Bautista de Carache debido a que al asiento de Indios de las encomiendas se le dio el nombre de Pueblo de San Juan Bautista de Carache.



(1) Conde de Canillero y Hno. Nectario Maria “El Gobernador y Maestro de Campo. Diego García de Paredes” pagina 590 y 591

Francisco Infante fue así mismo del número de los fundadores de Trujillo, quienes con Francisco Ruiz poblaron a Mirabel, nombre que a poco Diego García de Paredes trocó por el prístino de Trujillo con el denominativo de Salamanca, en el valle de Boconó.




Sabemos que al encargarse Alonso Bernaldez de la Gobernación de Venezuela por segunda vez, nombro a Francisco de Labastida por su teniente de Gobernador en Trujillo. Este hizo algunos repartos de encomiendas, siendo una de los principales la que asigno a francisco Infante en el valle de Carache con fecha 21 de noviembre de 1565. He aquí este importante documento.



“Francisco Labastida, teniente de Gobernador por su majestad en esta ciudad de Trujillo de Medellín, por cuanto voz Francisco Infante vecino de esta dicha ciudad sois uno de los primeros pobladores de ella e no tenéis Indios con que os podéis sustentar conforme a la calidad de nuestras personas, por tanto, en nombre de su Majestad os doy y encomiendo en los arcabucos al principal buscuy con todos sus sujetos que viven en el asiento y tierra llamada Nicacaan y todos los indios y principales que tengo y poseo en el valle de Carache, Gonzalo Osorio y Teresa Rodríguez que por dejación hecha por Luís de Villegas libremente en cabeza de su Majestad están vacos para que os sirváis de ellos como de personas libres vasallos de su Majestad y mando a los dichos principales indios a ellos sujetos que vos tengan por tal encomendero y os acudan con los tributos y demoras que por mi o por otro Juez vos fueren tasados y en el entretando llevareis de ellos lo que de su voluntad vos quisieren dar, sin les hacer molestia hasta tanto que se os tasen y mando que los industriéis en las cosas de Nuestra Santa Fe Católica; lo cual voz encargo la conciencia descargo la de su Majestad y mía en su Real nombre y a que les taséis todo buen tratamiento y los defendáis que por ninguna persona les sea hecho malo y para su conservación guardareis las Cedulas y Provisiones dadas y libradas en diversos tiempos a favor de los naturales y las nuevas leyes, so las penas en ellas contenidas y mando a cualesquier Jueces y Justicias que nos metan en la dicha posesión y de ella no seáis despojado sin ser oído e vencido por fuera y por derecho so pena de doscientos pesos de oro para la Cámara de su Majestad.



Fecho a veinte e uno de Noviembre de mil quinientos sesenta y cinco años. Francisco de Labastida, por mandado del dicho señor Teniente de Gobernador. Andrés de San Juan. Escribano Publico”. (2)



Este Francisco Infante fue el que en 1567 abandono Trujillo y su encomienda de Carache para acompañar a Diego de Lozada en la fundación de Caracas y cubrirse de gloria con sus hazañas en el rendimiento de Guaicaipuro; fue así mismo el primer alcalde de Santiago de León de Caracas, fundada por Diego de Lozada.



Había casado con Francisca de Rojas, hija del capitán Diego Gómez, alcalde de Margarita, vilmente asesinado con su mujer Ana de Rojas, por el tirano Lope de Aguirre.



Francisco Infante al radicarse en Caracas fue allí gratificado con una muy buena encomienda, la que había abandonado en San Juan de Carache, en 1609 aparece pertenecer a Gonzalo Infante.(3) Si por los frutos se conoce el árbol, a Infante le hubo de ir muy bien en el corto tiempo en que gozo de esta encomienda, ya que coopero a la expedición de Diego de Lozada “con sus armas y caballos, con soldados, pertrechos y municiones a su propia costa y mención en que gasto mucha hacienda...” (4)

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(2) Archivo General de la Nación. Sección “La Colonia. Encomiendas”. Tomo XXXIX, Años 1565 – 1688, folio 165.



(3) En que un traslado del Titulo de la encomienda de Francisco Infante, hecho en 1609, en nota marginal se lee: “Encomienda de Gonzalo Infante en Trujillo” (Idem).



(4) Archivo General de la Nación. Tomo XXXIX. Encomienda. Folio 153.



En premio a tan espléndida ayuda y cooperación, Diego de Lozada, además de la muy buena encomienda que le dio le nombro con Gonzalo Osorio, primeros alcaldes de Caracas; anteriormente, como ya dijimos, había abandonado (5) la de San Juan de Carache, por hallarse muy distanciada y no poder atenderla.



• CARACHE. ENCOMIENDA DE LUÍS DE VILLEGAS Y SUCESORES



Como queda dicho, Luís de Villegas, de los primeros pobladores de Trujillo y cuya brillante actuación mas de una vez hemos podido apreciar y aun destacar en nuestra obra “El Maestro de Campo Diego García de Paredes y la Fundación de Trujillo de Venezuela”, aparece como el primer encomendero de Carache.



No sabemos la fecha exacta en que recibiría el repartimiento y encomienda de San Juan de Carache, pero a más tardar hubo de ser por los años de 1560 o 1561.



Luís de Villegas obtuvo el goce de la encomienda por dos vidas, por tal motivo a su muerte, cuya fecha nos es desconocida, entro a regirla su hijo Juan Gudiño, casado con Doña Catalina Hernández.



A la muerte de este último, su hijo Luís Villegas Gudiño, con fecha 23 de enero de 1596 obtuvo que Don Diego de Osorio, Gobernador y Capitán General de la Provincia de Venezuela, le concediera la encomienda de su padre. El texto de esta asignación es como sigue:

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(5) Francisco Infante “haciendo como hizo dexacion en cabeza de su Majestad de la encomienda que dicho mi Padre le había dado en la ciudad de Trujillo para venir desta a servir a su Majestad en la Conquista y Pacificación” de la provincia de Caracas. Declaración de Pedro de Amaya Bastida, casado con Doña Maria Infante de Rojas, hija de Francisco Infante.



Archivo General de la Nación – Encomiendas – Tomo XXXIX. Folio 153.





Titulo de nueva encomienda de los indios de nación Cuicas, asignados al Valle de Carache, expedido por el Gobernador y Capitán General de la Provincia de Venezuela Don Diego de Osorio: “los principales e indios que tenia en encomienda en términos de la ciudad de Trujillo de nuestra señora de la Paz Juan Gudiño vecino de la que es ya difunto han quedado vacos por su fin y muerte en el cual fenecieron las dos vidas, como sucesor que fue el dicho Juan Gudiño, en la dicha encomienda de Luis Villegas su padre; el cual dicho Juan Gudiño dejo un hijo legitimo llamado Luis Villegas, e hijo de Catalina Hernández su mujer, han quedado muy pobres y necesitados y no tienen con que poder vivir y sustentarse, e acatando a lo suso dicho y a que vos el dicho Luis Villegas, hijo legitimo del dicho Juan Gudiño y de la dicha Catalina Hernández sois nieto y bisnieto de personas que bien y fielmente sirvieron al Rey nuestro Señor, en la pacificación de los indios de las provincias de la dicha ciudad de Trujillo y en otras partes y teniendo atención a que la voluntad del Rey nuestro Señor es que los hijos y nietos de conquistadores sean preferidos en las encomiendas que hubiese, tengo por bien de encomendar y dar en encomienda a vos el dicho Luis Villegas todos los principales e indios que el dicho Juan Gudiño, vuestro padre poseía en encomienda en términos de la dicha ciudad que se entiende los que poseía el día que falleció y paso desta presente vida, los cuales vos encomiendo por tan solamente los días de vuestra vida y no mas, porque el día que falleceréis, han de quedar vacos y en cabeza de su Majestad porque como dicho es las dos vidas se fenecieron en el dicho vuestro padre, e ágora por hacer bien a merced, a vos el dicho Luís Villegas vos los doy en nombre de su Majestad, en encomienda por sola una vida y no mas”. (6)



Por el titulo que antecede aparece claramente que Juan Gudiño gozo de la encomienda de Carache como sucesor que fue de su padre Luís de Villegas y que con el fenecieron las dos vidas. Pero como por el titulo dado a Francisco Infante,

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(6) Archivo General de la Nación- Encomiendas- Tomo USIS. Folio 182.



Hay también seguridad de que la encomienda que le asignaba estaba libre por “dejación hecha por Luís Villegas”, y como no se podían dar los mismos indios a dos encomenderos, lo probable fue que, por motivos que ignoramos, Luís Villegas hubo necesariamente de renunciar a favor de Infante a cierta cantidad de indios, para que este pudiera atender con ellos a las tierras que se le habrían dado en el referido valle, pero tanto los indios de una como de otra encomienda estaban residenciados en el mismo pueblo de doctrina; San Juan de Carache.



No se conformo Don Luís de Villegas Gudiño con haber conseguido la encomienda de su padre, sino que aspiro a que se la dieran por dos vidas para que su hijo y primer heredero la disfrutara también después de su muerte, y obtuvo que el Gobernador Don Juan de Meneses, con fecha de 21 de junio de 1627, le extendiese concesión de ella para el y su inmediato sucesor. Con Real Orden del 3 de marzo de 1629 el Monarca le hizo confirmación de esta encomienda. He aquí el texto de este otorgamiento.

“El Rey – Por cuanto por parte de vos Luís Villegas Gudiño, vecino de la ciudad de Trujillo de Nuestra Señora de la Paz de la Provincia de Venezuela, se me ha hecho relación que habiendo vacado en términos de la dicha ciudad los indios que tenia en segunda vida Juan Gudiño vuestro padre, Don Diego Osorio, siendo gobernador de la dicha provincia, en veintitrés de enero del año pasado de mil quinientos y noventa y seis, teniendo consideración a que sois biznieto de personas que sirvieron en la pacificación de los indios de la dicha ciudad de Trujillo y otras partes de aquella provincia y a que vos y vuestra madre quedasteis con necesidad, os encomendó todos los principales e indios que vacaron por muerte del dicho vuestro padre para que los gozaseis por vuestra vida y no mas, que son los indios del valle de San Juan de Carache de nación Cuicas y que debiendo (el dicho Gobernador, en conformidad de la cedula real que trata de las sucesiones de las encomiendas de indios, su fecha en Vilasesca a veintisiete de abril de mil quinientos setenta y cinco) dárosla por dos vidas, no lo hizo, por lo cual y teniendo consideración a lo que después acá habéis servido en la dicha ciudad de Trujillo y a que fuisteis dos veces al socorro de la ciudad de Zamora a vuestra costa y a que estáis casado con Doña Maria de Oviedo nieta del Capitán Francisco Sánchez, uno de los primeros pacificadores y pobladores de la ciudad de Segovia y del Capitán Pedro Mateos, que se hallaron en la batalla y vencimiento de Lope de Aguirre y en pacificaciones y poblaciones en la dicha provincia y por haber pedido a Don Juan de Meneses mi gobernador que al presente es de ella declaración de la dicha encomienda en virtud de la dicha cedula de sucesión para cuando hubiese de suceder la sucesión por vuestra muerte o en otro cualquier caso de los en derecho establecidos y ofrecisteis servidme con cien pesos de plata por una vez por vía de composición por ello pagado en mi caja real de la dicha provincia el dicho gobernador lo admitió y en 21 de junio de seiscientos y veintisiete os hizo Merced, en mi nombre, de declarar que la dicha encomienda que os fue hecha con el dicho gobernador Don Diego Osorio fuese y pasase por vuestra muerte en otro cualquiera de los casos que el derecho dispone en cualquier acaecimiento, la segunda vida en conformidad de la dicha cedula real de que ahí se hace mención y os la dio y concedió para nuevo para vos y un sucesor, en virtud y conformidad de la Merced real por titulo de nueva encomienda, con la misma voz y antigüedad que la habéis tenido y gozando y la tuvieron y gozaron vuestros antecesores y con el mismo derecho la halla de tener y tenga vuestro sucesor con el dentro de cuatro años llevaseis confirmación mía de ello. Suplicándome os la mandase dar y habiéndose visto de mi concejo real de las indias ciertos recaudos que en el se presentaron, lo he tenido por bien y por presente, confirmo y apruebo la declaración que el dicho mi gobernador Don Juan de Meneses hizo en mi nombre de que la encomienda que como dicho es dio a dicho Luis Villegas Gudiño el dicho Don Diego Osorio por vuestra vida, pase por vuestra muerte o en otro cualquiera de los casos que el derecho dispone en cualquier acaecimiento de la segunda vida en conformidad de la dicha cedula Real y lo que como dicho es ordeno que siendo necesario sin innovar de la dicha encomienda, os la dio y concedió de nuevo para vos y un sucesor por titulo de nueva encomienda para que la tengáis y gocéis vos y el dicho vuestro sucesor en la forma y como se contiene y declara en el titulo que de ello os dio que así en mi voluntad y mando a que tome la razón de esta cedula Don Juan del Castillo mi secretario y del registro general de las Mercedes y mis contadores de cuentas que reciben en el dicho de mis concejo. Fecha en Madrid a 23 de marzo de 1629 años. Yo el Rey. Por mandado del Rey nuestro señor. Andrés de Rozas (señalada del concejo) “.8



Debido a esta real concesión, a su muerte, acaecida en el año de 1652, su hijo, Francisco Sánchez de Oviedo, no tuvo dificultad alguna para que le fuese adjudicada, pues a presentación del Real titulo, y pago en Trujillo de los derechos de Media Anata, el Gobernador y Capitán General de la Provincia, Don Diego Franco de Quero y Figueroa, con fecha 19 de agosto de 1652, a solicitud de su hermano Don Martín Villegas de Ovideo, lo declaro por sucesor de su padre en la encomienda de San Juan de Carache. Además con carta que en ese mismo día de 19 de agosto de 1652, dirigía a los alcaldes de Trujillo, les mandaba que dieran posesión legal de los indios que le habían sido dados en encomienda. Ambos expedientes están fechados el mismo día en Maracaibo, donde a la sazón se hallaba el Gobernador en asuntos relacionados con las obligaciones de su cargo.



Poco después el Capitán Bartolomé Suárez Daboin, alcalde ordinario de Trujillo, con auto del 16 de septiembre de 1652, proveía a la solicitud de Martín Villegas a favor de su hermano Sánchez de Ovideo y al siguiente día le daba posesión plena y completa de la referida encomienda.



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(8) Archivo General de Indias – Caracas 35.



En Carache anualmente la festividad del Patrono celebraba el 24 de junio, con gran pompa y veneración.



A los gastos de esta solemnidad contribuían largamente las “rentas de los bienes pertenecientes a la imagen del mismo Santo “, cuyos detalles constaban en un libro que con este titulo comenzó a asentarse el 24 de junio del año de 1638, siendo encomendero Don Luis Villegas Gudiño.



Unos años después se fundo en la Iglesia Parroquial de Carache la “Cofradía de San Juan Bautista”, cuyas constituciones con fecha 12 de mayo de 1653, recibieron la aprobación del Iltmo. Sr. Obispo Don Fray Mauro de Tovar.

Por ciertas informaciones posteriores, se presume que los integrantes de esta Cofradía no pertenecían a la casta de los indios, sino a blancos, mestizos y pardos, radicados en el pueblo o sus campos, lo cual prueba que si Carache “era pueblo de doctrina de Indios para los cuales fue principalmente fundado”, desde muy pronto después de su fundación, también de radicaron allí personas de otra calidad y raza, cuyo numero no tardo en sobrepasar al de los aborígenes.



Lo propio aconteció unos cien años después, cuando en 22 de julio de 1752 se fundo también en la misma Iglesia la “Cofradía del Stmo. Sacramento”, establecida con el caudal que a este fin dejo al morir Doña Ana Montilla, vecina de aquella población.



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(9) Archivo General de Indias – Audiencia de Caracas, legajo 959, folio 276.

(10) Idem.

NOTA – En los documentos, muchas veces escriben Viegas por Villegas, lo que evidencia que en el lenguaje común corrompieron la pronunciación y escritura de este apellido, que siempre hemos escrito con su primitiva y correcta ortografía.

(11) Archivo General de Indias – Audiencia de Caracas, legajo 959, folio 275.





• PESQUISA SECRETA DEL GOBERNADOR Y CAPITAN GENERAL EN LA ENCOMIENDA DE SÁNCHEZ DE OVIDEO.



A principios de 1662 el gobernador y capitán general Don Pedro de Porres y Toledo, hizo una pesquisa secreta en la encomienda de Francisco Sánchez de Ovideo y en la cual declararon los tres indios Domingo, Lorenzo, y Antonio, de los principales de aquella comunidad.



Catorce fueron las preguntas a las cuales tuvieron que contestar separadamente; por estas informaciones sabemos de ciertos que todos los integrantes de la encomienda de Sánchez de Ovideo vivían juntos, formando el pueblo de Carache, bajo la advocación en su iglesia que tenia campana, imágenes y todos los ornamentos para la celebración del culto divino.



El Licenciado Diego de Parraga, desempeñaba allí el cargo de cura doctrinario y enseñaba con esmero las verdades de la fe a los sencillos aborígenes.



Francisco Meriño, español, era el mayordomo puesto por Sánchez de Ovideo al frente de su repartimiento y el que trataba directamente con los indios y dirigía todos los trabajos.



TRATO DADO A LOS INDIOS DE CARACHE. Por las declaraciones de los tres aborígenes consta que los indios varones durante tres días de la semana trabajaban para el encomendero y los otros tres días los dedicaban a sus quehaceres y labranzas personales.



Las indias con hijos debían hilar una libra de algodón cada mes para el encomendero y las que no los tenían, se dedicaban también tres días a la semana a los mismos trabajos que los varones.



Declaran también que para las labranzas de maíz y trigo el encomendero no les da herramientas y que estas deben ellos proporcionárselas de su extremada pobreza.



Reconocen los declarantes que no han sido atropellados, ni maltratados con azotes o prisiones, como tampoco sus mujeres molestadas, ni ellos obligados a llevar cargas y que en los cortes de madera, solo sacan a tiro de buey. Lo que rinde el honor al encomendero es la afirmación que hacen de que los cuida y cura en sus enfermedades y dolencias y le da todo lo necesario para esto.



Ciertos cargos fueron hechos al encomendero por nota del 13 de mayo de 1662; pero este hizo su defensa y por auto del 17 de mayo de aquel año, el mismo capitán general proveyó el descargo ante el escribano Juan Rangel de Mendoza en la Ciudad de Trujillo.



Poco después de la anterior información y del proceso que siguió, Francisco Sánchez de Oviedo en los primeros meses de 1663, abandono la encomienda de Carache, la cual quedo libre de una nueva asignación.





• LUCHA PARA LA OBTENCIÓN DE LA ENCOMIENDA DE SAN JUAN DE CARACHE, ABANDONADA POR SÁNCHEZ DE OVIEDO.





Actuación de Castellanos. Tan pronto como se publicaron los edictos que declaraban libre la encomienda de Carache, con llamamiento de opositores beneméritos que aspirasen a ella, el primero que se presento fue Lorenzo Fernández Graterol y luego Juan Castellanos, pero este ultimo tomo poder a favor de su hermano el Clérigo de menores Tomas Castellanos para que lo representara en la oposición y gestiones.



El 30 de abril de 1663 el Teniente de Gobernador y Justicia mayor de la ciudad de Trujillo, capitán Don Ignacio de Rodenas declaraba la clausura de la convocatoria de oposición a la encomienda de Carache y significaba a los opositores capitán Lorenzo Fernández Graterol y Clérigo de Menores Tomas Castellano, que debían comparecer ante el gobernador y capitán general de la provincia en Caracas para alegar cada uno a favor de su obtención.



Las diligencias de ambos aspirantes fueron numerosas y de mucho peso, lo que retardo el fallo definitivo del Gobernador.



Ambos opositores eran descendientes de primeros pobladores y de hombres ilustres, expusieron la genealogía de su parentela, probando que tanto ellos como sus antepasados habían sido fieles vasallos del Monarca y realizado proezas dignas de merecer el agradecimiento, para la obtención del titulo a que aspiraban.



Castellanos era biznieto de Gaspar Cornieles y de Martín Hernández, de los primeros pobladores de Coro, Tocuyo y Trujillo, sus abuelos y padres habían sido de los héroes de las jornadas del lago, tanto contra los indios sublevados como contra los invasores extranjeros en el continente y en Curazao, a donde su padre había ido en compañía del general Ruy Fernández de Fuenmayor.



Era tan grande el deseo de Castellanos por la posesión de la encomienda de Carache, que quiso en cierto modo valerse del soborno para conseguirla y por acuerdo ofreció entregar a las cajas reales la cantidad de 10.000 reales de plata, como ayuda para los gastos de guerra que sostenía el Monarca, bajo la condición de que su oposición a la encomienda de indios de Carache fuese la preferida.



Las largas gestiones de ambos contendores, por el grande interés que manifiestan en el logro de la encomienda de Carache, nos descubren su gran valor. Para quien la gozara, San Juan de Carache era sin duda alguna una extraordinaria fuente de riqueza.



La situación inmejorable de tierras feraces, la seguridad de la mano de obra que apartaban un numero considerable de indios robustos y sanos, como eran los de aquel valle, donde una temperatura agradable y fresca daba a la región ambiente climatológico de saludables efectos para cualquier organismo humano, todo allí avaloraba la posesión y productividad de aquellas tierras.



Como queda dicho, la lucha de las dos partes aspirantes a la encomienda retardo el fallo del Gobernador en su otorgamiento, que Don Pedro de Porres y Toledo asigno por dos vidas a Lorenzo Fernández Graterol, hacia el año de 1676, poco mas o menos.





• EL CAPITAN DON LORENZO FERNÁNDEZ GRATEROL, QUINTO ENCOMENDERO DE SAN JUAN DE CARACHE.





Con el otorgamiento de la encomienda de San Juan Bautista de Carache que Don Pedro de Porres y Toledo diera a Fernández Graterol, no quedaba aun asegurada su posesión; las leyes vigentes exigían la posesión de Titulo Real, y se concedía un lapso de cinco años improrrogables para conseguirlo.



Es el caso que habiendo pasado los cinco años requeridos, aun en 1682 no había presentado Fernández Graterol el documento requerido, lo que motivo que con fecha 20 de mayo de aquel año el Gobernador y Capitán General de la provincia, Don Francisco de Alberro, la declarara libre y convocara a oposición a las personas que aspiraran a su posesión.



(12) en el archivo general de indias de Sevilla, en la sesión audiencia de santo domingo y legajo 198, existe un voluminoso manuscrita de 400 folios que comprende todas las piezas referentes a la encomienda de San Juan de Carache, asignada al capitán Don Lorenzo Fernández Graterol.

Hemos hecho un estudio metódico de este documento que hemos utilizado para la preparación de este trabajo.





No se desanimo Fernández Graterol por este inesperado contratiempo, sino que tan luego como en Trujillo el Teniente de Gobernador, Don Jose Barroeta, pregono la orden del Gobernador de la provincia, él fue el primero en entregar su nueva demanda, alegando que el haber ya transcurrido los cinco años sin presentar el titulo real de la encomienda, no era por culpa suya, ya que las dos solicitudes enviadas por él a la corte de Madrid, aun no habían sido atendidas, y, con una larguísima exposición, probaba que todos sus progenitores y antepasados habían sido hombres nobles y desempeñado cargos muy importantes.



Por vía paterna, era descendiente directo de Francisco Graterol, compañero de Diego García de Paredes en la fundación de Trujillo.



Asimismo, en un largo expediente, declinaba los cargos, meritos y empleos de sus padres, abuelos y bisabuelos, así como también de los de su mujer Doña Catalina de Asuaje Salido.



Seria prolijo detenernos en estos particulares que se pueden ver en el largo expediente de su encomienda, que hallamos en el archivo de indias y del cual copias autorizadas acompañan a estos apuntes.



También presentaron oposición a la encomienda Don Pedro de Cobarrubias Cornieles y Antonio de Segarra y Rivera.



El teniente de gobernador y de capitán general de la ciudad de Trujillo, Don Jose de Barroeta, con fecha 4 de agosto de 1682, habiendo recibido de los tres anteriores opositores los autos correspondientes a cada uno de ellos, los remitió al gobernador y capitán general de Caracas Don Francisco de Alberro. Este, por resolución del 25 de agosto de aquel mismo año, en Caracas, daba su fallo definitivo concediendo la encomienda de San Juan de Carache al capitán Lorenzo Fernández Graterol.



Después de una larga exposición, en la cual apuntaba los antecedentes que motivaban la vacancia de la encomienda y los meritos del capitán y de sus antepasados, decía:



“...En nombre del Rey Nuestro Señor, como su gobernador y capitán general que soy de esta dicha provincia usando de la facultad real que para el efecto me es concedida, hago merced, y doy en titulo de nueva encomienda al dicho capitán Lorenzo Fernández Graterol todos los indios e indias sus hijos y demás descendientes.... y cuyo principal es hoy Don Domingo Villegas en el dicho Valle, pueblo y doctrina de San Juan de Carache, termino y jurisdicción de la dicha ciudad de Trujillo, que por defecto de real confirmación quedaron vacos y en cabeza de su Majestad con el dicho principal y nombrado capitanes y capitanejos y demás sujetos a la dicha encomienda y con sus tierras y comunes quebradas, montañas, vertientes, aguas, pesqueros, casaderos, y abrevaderos que les tocan y pertenecen y tocar pueden y con la antigüedad, titulo, acción y derecho según y como los tuvo y poseyó en lo pasado y los poseyeron sus antecesores sin que le falte ni mengue cosa alguna `para que el dicho Capitán Lorenzo Fernández de Graterol como tal de encomendero los tenga y goce y posea por su vida y la de un sucesor, conforme la ley de la sucesión cuidando de su amparo defensa conservación y aumento tratándolos como personas libres vasallos de su Majestad curándolos en las enfermedades dándoles doctrina y pasto espiritual por lo cual haya de llevar y lleve de ellos al servicio y aprovechamiento que esta dispuesto por la tasa general de cedulas reales y las nuevamente expedidas a favor de los naturales de esta dicha provincia sobre cuyo cumplimiento le encargo la conciencia descargando la de su Majestad y mía en su real nombre y con que haya de pagar y pague la pensión que esta impuesta en la dicha encomienda para la paga de la infantería y demás plazas que sirven en las fuerzas y presidio del puerto de la Guaira y preceptor de Gramática de esta dicha ciudad y con que haya de estar y pasar por lo que su Majestad fuere servido mandar sobre la demora de dichos indios y paga de limosna de vino y aceite que se ha de dar a los conventos de la dicha y de que en cada publicación de Bulas de la Santa Cruzada dé a cada uno de sus encomendados una bula y medio real en cada un día de los que trabajaren como nuevamente esta mandado por su Majestad y que haya de traer y traiga real confirmación de este nuevo titulo de encomienda del Rey Nuestro Señor despachado en su real y supremo Consejo de las Indias dentro de cinco años, contados desde hoy día de la fecha, pena de su vacación y perdimiento y las demás impuestas en dicha razón por la cual sea obligado a llevar testimonio de todos los autos causados en esta vacante y la dicha merced le hago sin perjuicio de tercero que mejor derecho tenga y constando haber pagado en la real caja de la dicha ciudad de Trujillo el dicho Lorenzo Fernández de Graterol lo que debiere por el Real derecho de media anata de esta nueva encomienda y la renta del año de la vacante de cada uno aplicado para casas de aposento de los señores y ministros del dicho Real y Supremo Consejo de las Indias en conformidad del Real Arancel y reglas de dicha media anata y dispuesto que como se paga se cobre la renta del dicho año de vacante, mando a cualquiera de las justicias de la dicha ciudad de Trujillo den y metan en la posesión de la dicha encomienda su principal e indios al dicho Capitán Lorenzo Fernández de Graterol en la cual le amparen y defiendan y no consientan sea despojado ni desposeído sin primero ser oído y por fuero derecho vencido pena de dos mil pesos de a ocho aplicados para la Real y Supremo Consejo d las Indias de por mitad en que declaro por incursos a cada uno de los inobedientes para todo lo cual mande despachar el presente firmado de mi nombre y refrendado del infrascrito escribano publico y de gobernación y en papel del sello primero y común por haberse acabado el del sello tercero del bienio que corre en esta ciudad de Santiago de León de Caracas, fecho en ella a veinticinco días del mes de agosto de mil y seiscientos y ochenta y dos años – Don Francisco de Alberro – Por mandado del Señor Gobernador y Capitán General – Juan Rengel de Mendoza, escribano publico y de gobernación”.



En Trujillo, Fernández Graterol pagó los derechos legales y el 23 de noviembre de 1682 el Teniente de Gobernador Don Jose de Barrueta le dio la posesión de la encomienda en un acto de cuya relación extractamos la cita siguiente:

“Yo el dicho Teniente de Gobernador, estando en la sala de mi audiencia y juzgado cogí por las manos a los dos indios manifestados por el dicho capitán Lorenzo Fernández que dijeron llamarse Francisco y Silvestre y ser de la encomienda del Valle de Carache contenida en el dicho titulo y los entregue al dicho capitán Lorenzo Fernández Graterol el cual los recibió y les puso sombreros en la cabeza y les mando mudar sillas de unas partes a otras y hacer otros actos de servidumbre y ellos lo hicieron, lo cual dijo el dicho capitán Lorenzo Fernández que hacia e hizo en señal de la posesión actual corporal vel casi o como mejor haya lugar de derecho por ello y en voz y en nombre de todos los demás caciques mandones y capitanes y todos los demás indios varones, hembras y chusma de que se compone la dicha encomienda y le son anejos y pertenecientes y de cómo tomaba y aprenhendia la posesión de ella sin contradicción de persona alguna, me pidió y requirió se lo diese por testimonio y por haber sido y pasado así se lo doy y entrego esta posesión, titulo y certificación original para en guardia de su derecho y paso ante mi por no haber escribano y en presencia de testigos que lo fueron el Sargento Mayor Luis de Mesa, Marcos Vázquez y el capitán Antonio Segarra de Rivera, vecino y estantes en esta ciudad – Don Jose Barroeta.”



Lorenzo Fernández Graterol hizo las gestiones para que el Rey confirmara la posesión de la encomienda que le había



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(13) Archivo General de Indias – Santo Domingo 198: San Juan Bautista de Carache, encomienda del capitán Lorenzo Fernández Graterol, folio 393, v. Y siguientes.

(14) Idem, folio 398 vº.



Sido adjudicada; pero sus solicitudes conocieron una decepción inesperada.



Con fecha 20 de mayo de 1687, el Rey, no solamente negaba la confirmación sino que le obligaba a restituir todos los beneficios y réditos que habrían sacado de la encomienda desde que se la otorgara Don Pedro de Porres y Toledo. La real orden citada no da motivos de la negación, pero como en 1676 el Monarca hubiese, a su representación y solicitud, aprobado la entrega de la encomienda de Roque Terán a Jose Fernández Graterol, hijo de Lorenzo Fernández Graterol, no es de extrañar que no quisiera que en el mismo pueblo de Carache, padre e hijo fuesen dueños de las dos mejores encomiendas.



• ENCOMIENDA EN EL VALLE DE CARACHE, DE FRANCISCO TERÁN Y DE SUS DESCENDIENTES.





Como ya hemos visto, los indios del Valle de San Juan de Carache fueron repartidos en tres encomiendas que existieron simultáneamente. Ya hemos hablado de dos de ellas; ahora vamos a tratar de la que fue asignada a Francisco Terán.

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(15) “Como quiera que no he tenido por conveniente darle dicha confirmación y que por despacho de este día envío a mandar mi gobernador y capitán general de esa provincia de dar por vaca esta encomienda, se pongan edictos para su provisión y encomienda en el mas benemérito, excluyendo en todo al dicho Lorenzo Graterol. He tenido por bien dar la presente y ordenaros y mandaros (como lo hago) que luego que recibáis este despacho os informéis y reconozcáis muy exactamente desde que día entro a gozar este sujeto de los frutos de la referida encomienda en virtud del titulo que de ella le despachó el dicho Don Pedro de Porres y desde él haréis restituya y entere en las cajas reales de vuestro cargo todos los frutos y aprovechamientos que de ella hubiere percibido, procediendo a esto por todo rigor de derecho hasta que con efecto haga la dicha restitución... y lo que esto montare lo remitiréis a estos reinos...”.

do: “Para que los oficiales reales de Venezuela ejecuten lo que se les ordena...”.



Si tenemos certeza de haberse establecido este encomendero, desde temprano, en el Valle de Carache, ignoramos la fecha exacta, así como también los demás pormenores de su instalación.



Sin embargo, por los datos que tenemos, se deducen que los indios de la encomienda de Terán vivían juntos con los de la anterior, radicados en el pueblo de San Juan de Carache, como consta por las declaraciones de los indios en la visita de encomiendas que el Gobernador y Capitán General Don Andrés de Vera y Moscoso realizo en San Juan de Carache el 19 de octubre de 1656.



Para evidencia de lo que decimos, transcribimos la siguiente declaración:



“En el dicho sitio de San Juan de Carache, jurisdicción de la dicha ciudad de Trujillo, en los dichos diez y nueve de octubre de mil y seiscientos y cincuenta y seis años, el dicho señor capitán Don Andrés de Vera y Moscoso, castellano de la fuerza principal de Santo Domingo de la Española, por el Rey Nuestro Señor, Gobernador y Capitán General de esta provincia de Venezuela, en continuación de esta visita de la encomienda de Roque Terán de Oviedo, hizo parecer ante si, a un indio que dijo llamarse Francisco Cornieles, y ser de dicha encomienda, del cual, por ser ladino y entender la fuerza del juramento se le recibió a Dios y a la señal de la cruz en forma de derecho, y habiéndolo hecho bien y cumplidamente, prometió decir verdad, y siendo preguntado al tenor del interrogatorio general de esta visita, dijo y dispuso lo siguiente:



de la primera pregunta dijo que su encomendero es el dicho Roque Terán de Oviedo, y que su Cacique es Francisco Cuevas y que él tiene Mayordomo que se llama Juan Rodríguez, y esto responde. __ Rúbrica.



De la segunda pregunta dijo, que están poblados en este dicho sitio de donde es natural y en él tienen su Iglesia, donde les dicen misa y administran los demás sacramentos por el padre Diego de Parraga su doctrinero, y que el cielo su encomendero no tiene cuidado de que sean doctrinados, ni les ayuda en darles lo que le es obligado para la celebración del culto divino en la dicha su Iglesia; y esto responde”.



Como en la segunda pregunta el indio declarante afirma que “están poblados en este dicho sitio de donde es natural”, no cabe duda alguna de que los indios de la encomienda de Roque Terán de Oviedo Vivian en el mismo pueblo de San Juan de Carache, que era también residencia de los encomendados a los sucesores de Luis de Villegas, ya que el sitio en donde se tomaban las declaraciones era el propio pueblo de San Juan de Carache.



Por otra parte, por la toma de posesión que dio de la encomienda a Fernando Terán el Alcalde Ordinario de la ciudad de Trujillo, Don Pablo de Brito, aparece plena confirmación de que esta encomienda se encontraba en el Valle de Carache, cuyo nombre genérico abarcaría la cuenca del río principal y de sus inmediatos afluentes.



Como no había mas doctrinero para la asistencia espiritual de todos los indios de las encomiendas del Valle de Carache que el del pueblo de este nombre, tanto los indios de la encomienda de Terán como los de las otras de aquel valle, formaban una sola comunidad religiosa que vivía en el pueblo de San Juan Bautista, bajo la asistencia de un mismo cura doctrinero.



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(16) Archivo General de la Nación. __ Sección “ La Colonia. Encomiendas”. Años 1646-1661 Tomo XXXV, folios 26 vuelto y 27.



(17) “Posesión de la Encomienda de Indios en referencia, dada por el Alcalde Ordinario de la ciudad de Trujillo, Pablo de Brito a Fernando Terán, en virtud del titulo que le despacho el gobernador y capitán general de la provincia de Venezuela, por medio de los indios que exhibió al efecto, llamados Jerónimo Jofuet, hijo del principal Pedro Cuba, y Gonzalo Disfui, naturales de Miquia en el Valle de Carache. Trujillo, 31 de enero de 1611. __ folio 24 Vto.”.





• FERNANDO TERAN Y SU ENCOMIENDA DE SAN JUAN DE CARACHE.



Francisco Terán, poseedor de una encomienda en el Valle de Carache, la disfrutó durante muchos años y a su muerte, acaecida a fines de 1602 ó principios de 1603, tocaba de derecho a su hijo Fernando, pero queriendo éste aumentar su posesión por una vida mas, hizo dejación de ella, para solicitarla de inmediato en calidad de nueva encomienda, lo que obtuvo por auto del Gobernador y Capitán General Don Alonso Suárez del Castillo.



Declarado por benemérito para la obtención de la encomienda del Valle de Miquia y Carache, por el Escribano Pedro Gutiérrez de Lugo, en Caracas, a 12 de septiembre de 1609, el Gobernador y Capitán General Don Sancho de Alquiza le dio confirmación de ella, dándole luego posesión definitiva el Alcalde Ordinario de Trujillo, Don Pablo de Brito.



Una real cédula dada en Madrid a 4 de febrero de 1620, confirmaba la concesión de la encomienda otorgada a Fernando Terán por el Gobernador Don Sancho de Alquiza.



En el año de 1645, en tiempo del Gobernador y Capitán general de la Provincia de Venezuela, Sargento Mayor Don Marcos Gedler Calatayud y Toledo, se abrió una pesquisa secreta en la encomienda de Hernando Terán; en ella 5 indios fueron sometidos al más severo examen de preguntas sobre la conducta del encomendero y trato que de él recibían.



En Trujillo, el gobernador y capitán general, en Auto del 21 de marzo del aquel año, declaraba por “buen Encomendero de Indios a Hermando Terán en consecuencia a no haber resultado culpa alguna en la visita y pesquisa secreta que efectuó a sus encomendados”.



No podía darse mayor alabanza a la labor de un encomendero, siendo de notar que eran rarísimos los dueños de encomiendas merecedores de tan encomiosa alabanza.



Francisco Terán gozó de la encomienda de Miquia en el Valle de San Juan de Carache, por espacio de casi medio siglo, hasta su muerte, acaecida el 30 de enero de 1650.

• EL ALFÉREZ ROQUE TERAN DE OVIEDO ENCOMENDERO DE SAN JUAN DE CARACHE.



Inmediatamente Roque Terán presentó su petición para que lo declarasen por legitimo sucesor de la encomienda de Carache que había tenido su padre en primera vida.



Fechado en el Valle de San Juan de Carache, a 23 de febrero de 1650, Roque Terán otorgó poder a Juan de la Huerta para hacer sus veces ante las justicias de la Ciudad de Trujillo en la sucesión de la Encomienda.



Al principio, Roque Terán atendería muy bien a los indios de su encomienda como lo evidencia la visita secreta que a ella se hizo en 1652, y en la cual los indios dijeron no tener queja alguna que dar de su encomendero.



Muy diferente fue en la pesquisa que se hizo a la misma encomienda algunos años después.



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(10) “En treinta días del mes pasado de henero de este presente año murió y paso de esta presente vida Hermando Theran... a quien este declarante administro los Stos. Sacramentos en esta enfermedad que murió y sabe que roque Theran de Ovideo en este escripto contenido es hijo lexitimo y el mayor de los que dejó el dicho difunto...”

A. G. N. Encomiendas 36, folio 5.



(19) Carache 23 de noviembre de 1652. archivo general de la nación _ encomiendas – Tomo XXXVI, folio 101.



Tremenda fueron entonces las acusaciones contra Roque Terán de Ovideo; por la gravedad del caso, el Gobernador y Capitán General Don Andrés de Vera y Moscoso ordenó por auto de 8 de octubre de 1657 que Roque Terán de Oviedo fuese conducido preso ante el Capitán Lorenzo López de Belmonte, su lugarteniente, en la ciudad de Trujillo para los cargos que e le hicieran y la defensa que pudiera oponer, además nombraba a Mateo de Parraga administrador de la encomienda, con cargo de socorrer a Roque Terán con lo necesario para su vestuario y alimentación hasta el final del litigio. En virtud de tal determinación el Teniente de Gobernador ordeno su encarcelamiento.



El pleito fue largo y reñido por ambas partes; del fiscal acusador y de los defensores del encomendero; y consideramos inútil traer a cuenta las acusaciones y peripecias de tan largo pleito.



Al principio le dieron su casa por cárcel; al fin, después de muchas vicisitudes de fuga, cargos y defensas, la Real Audiencia de Santo Domingo, ante cuyo Tribunal había sido llevado el pleito, declaró vacante la encomienda de Roque Terán por el maltrato que había dado a sus encomiendas.



El gobernador Don Félix Garci-Gonzáles, hizo poner edictos para su provisión, y, atendiendo a los servicios de Don Francisco de Vilches y Narváez y a los de sus antepasados, en concurrencia de otros solicitantes, le entrego titulo de propiedades el 14 de abril de 1667.

El 26 de septiembre del año siguiente una Real cédula, firmada en Madrid por la Reina, le confirmaba su posesión por dos vidas consecutivas.



A la muerte de Don Francisco de Vilches, la encomienda fue declarada libre para nueva adjudicación. Entre los que se presentaron figuraba José Fernández Graterol, hijo de Lorenzo Fernández Graterol, el mismo a quien el Gobernador Don Pedro de Porres y Toledo había dado la encomienda del mismo pueblo, dejada libre por Francisco Sánchez de Ovideo, en 1663. el titulo de propiedad que le dio el gobernador Don Fernando de Villegas, lleva fecha 19 de abril de 1673.



El mismo padre hizo personalmente las gestiones para la confirmación real que fue concebida en San Lorenzo del Escorial el 28 de septiembre de 1676.



No seria extraño a esta adjudicación el obsequio de “150 doblones de a dos escudos de oro que por parte de vuestro hijo – dice el real documento – entregó Atanasio Fernández de Buendía”.



Por el censo de encomiendas de 1687, sabemos que en Carache vivían en aquel año 473 indios que pertenecían a cuatro encomiendas, cuyos dueños eran respectivamente Lorenzo Fernández Graterol, Jose Fernández Graterol, Alférez Mateo de Parraga y Bartolomé Castellanos, correspondiendo 170 indios al dueño de la primera encomienda, 212 al de la segunda, 39 al de la tercera y 50 al de la última.



Como ya anotamos, la encomienda de Jose Fernández Graterol era la que anteriormente gozara Roque Terán; una de las dos pequeñas encomiendas, entonces con muy pocos indios de trabajo, hubo de ser en sus principios la que perteneció a Francisco Infante; en cuanto a la otra y última, nada conocemos sobre sus anteriores adjudicaciones.



Damos a continuación la nómina completa de los aborígenes correspondientes a cada una de estas cuatro encomiendas, por juzgarla de interés especial.



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(20) Archivo general de Indias – Audiencia de Caracas, legajo 35.





• MATRICULA O CENSO COMPLETO DE LOS INDIOS QUE FORMABAN EN EL AÑO DE 1681 EL PUEBLO DE DOCTRINA DE SAN JUAN BAUTISTA DE CARACHE.



San Juan de Carache. En la doctrina y pueblo del Señor San Juan Bautista de Carache.



Términos y jurisdicción de la ciudad de Trujillo de nuestra Señora de la Paz, en seis días del mes de diciembre de mil seiscientos ochenta y siete años, yo el Alférez Don Diego Jacinto Valera y Mesa, alcalde ordinario por su Majestad en ella, sus términos y jurisdicción, en cumplimiento de lo que su Majestad manda por su real cedula en orden a la libertad de los indios naturales de esta provincia y mandamiento del señor Gobernador y Capitán General de ella Don Diego de Melo Maldonado, caballero de la orden de Calatrava, pedí y rogué al licenciado Blas Infante de Amaya, cura propio de la dicha doctrina, me asistiese en el servicio de su Majestad y ayuda de hacer las matriculas de los indios varones y útiles que tiene por sus feligreses, de edad de catorce años hasta sesenta y de sus mujeres e indias solteras, muchachos y muchachas de edad de catorce años para abajo, con manifestación de sus matriculas y de cada encomienda en particular y dijo que si lo haría, y teniéndolos de manifiesto estando puestos los caciques y mandones de las encomiendas inclusas en dicha doctrina y todos sus feligreses varones, hembras y muchachas con asistencia del dicho Don Antonio de Ovideo, corregidor de dichos naturales que para este efecto fueron reunidos muy antes de ahora y los matriculó en la forma siguiente:

Encomienda del Capitán Lorenzo Fernández Graterol inclusa en esta doctrina del Señor San Juan Bautista del Valle de Carache, siendo el cacique principal de ella, ladino y de buena razón, Don Domingo – Don Domingo, cacique – Domingo-



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(21) Archivo general de indias – Santo Domingo, 743, copia del documento, tal como aparece en el original, con las correcciones ortográficas.





Gaspar – Juan – Santiago – Cristóbal – Juan – Roque – Pascual – Rodrigo – Silvestre – Francisco – Ambrosio – Fernando – Juan Lopez – Juan Núñez – Alonso – Miguel –Otro Miguel – Otro Miguel – Vicente – Ambrosio – Domingo – Miguel – Agustín – Francisco – Otro Agustín – Jacinto – Agustín – Gaspar – Fernando – Antonio – Francisco – Matías – Juan – Silvestre – Juan – Matías – Domingo – Julián – Roque – Matías – Álvaro –Geronimo – Domingo – Andrés – Agustín.



De donde consta tener la dicha encomienda del dicho capitán Lorenzo Fernández Graterol, así por la matricula del cura doctrinero como por la declaración del cacique, cuarenta y ocho indios útiles y de trabajo.



Muchachos de esta encomienda: Vicente, hijo de Domingo y Margarita – Esteban, hijo de Gaspar y Ángela – Blas, hijo de Santiago y Esperanza – Geronimo, hijo de Cristóbal y Ursula – Domingo, hijo de los dichos – Geronimo, hijo de Juan y Laurencia – Rodrigo, hijo de Pascual y Felipa – Antonio, hijo de Rodrigo y Catalina – Diego, hijo de Ambrosio y Ángela – Fernando, hijo de Francisco y de Jacinta – Fernando, hijo de Matías y de Andrea – Felipe, hijo de Lucía, viuda – Juan López, hijo de la dicha – Baltasar, hijo de la dicha – Ignacio, hijo de Juan y Mauricia – Felipe, hijo de los dichos – Francisco, hijo de los dichos – Fernando, hijo de Alonso y Josefa – Juan, hijo de los dichos – Otro Juan, hijo de los dichos – Matías, hijo de Miguel y Esperanza – Miguel, hijo de los dichos – Lucas, hijo de Domingo y Leocadia – Francisco, hijo de Gaspar y Maria – Jose, hijo de los dichos – Juan, hijo de Ana, soltera – Domingo, hijo de la dicha – Francisco, hijo de Antonia – Felipe, hijo de Catalina – Pedro, hijo de la dicha.



Según consta, hay en esta encomienda treinta y dos muchachos de menos edad de catorce años. Asimismo consta tener esta dicha encomienda sesenta y cinco indias de mas edad de catorce años para arriba. Asimismo consta tener veinte y cuatro muchachas de menos edad de catorce años. Asimismo consta tener un indio jubilado de mas de sesenta años de edad.



Consta tener esta encomienda del dicho Capitán Lorenzo Fernández de Graterol ciento y setenta almas en la forma y manera siguiente: cuarenta y ocho indios útiles y de trabajo; treinta y dos muchachos de edad de catorce años; veinte y cuatro muchachas de menos edad de catorce años; un indio de mas edad de sesenta años. Con lo cual se acabo la matricula de los indios naturales del dicho Capitán Lorenzo Fernández Graterol inclusa en esta dicha doctrina y la firmo en ella con el dicho Capitán Don Antonio de Ovideo, corregidor de dichos naturales. Por ante mi como Juez Receptor por no haber escribano – Don Diego Jacinto Valera y Mesa – Don Antonio de Ovideo.



Encomienda de Jose Fernández de Graterol, incluida en esta fecha doctrina del Señor San Juan Bautista del Valle de Carache, siendo el cacique principal de ella ladino y de buena razón, Don Alonso: Don Alonso cacique – Juan – Bartolomé – Jose – Juan Bravo – Antonio – Francisco – Juan Pérez – Vicente – Domingo – Marcos – Santiago – Matías – Antonio – Diego – Felipe – Benito – Félix – Manuel – Miguel – Roque, fugitivo – Martín – Silvestre - Juan – Diego – Tomas – Cristóbal – Esteban – Baltasar – Bernabé – Andrés – Otro Andrés – Julián – Cristóbal – Diego – Pedro – Juan Coronel – Rodrigo – Mateo – Jacinto – Manuel – Miguel, fugitivo – Martín – Cristóbal – Álvaro – Jose – Martín – Juan de la Cruz – Tomas – Francisco Roque – Juan Antonio – Roque Pascual – Martín – Roque – Juan López – Domingo – Otro Domingo.



Según consta, hay en esta encomienda del dicho Jose Fernández así por la matricula del cura doctrinero como por la declaración del cacique cincuenta y nueve indios útiles y de trabajo. Muchachos de esta encomienda: Domingo, hijo del caique – Vicente, hijo de Bartolomé y Lorenza – Juan, hijo de Francisco, viudo –Domingo, hijo de Juan Pérez y de Beatriz – Domingo, hijo de Bernabé – Miguel, hijo de Julián y Maria – Juan hijo de los dichos - Matías, hijo de los dichos – Miguel, hijo de Roque y Beatriz – Cristóbal, hijo de Francisco y Francisca – Pascual, hijo de Lucrecia – Domingo, hijo de la dicha – Baltasar, hijo de Lusia – Juan, hijo de Melchora – Lorenzo, hijo de Feliciano – Agustín, hijo de Marta – Fernando, hijo de Feliciano – Agustín, hijo de Silvestre e Isabel – Diego hijo de los dichos – Lorenzo hijo de Pedro y Catalina – Domingo, hijo de Mateo – Jose, hijo de Jacinto y Esperanza – Tomas, hijo de Francisco – Diego, hijo de Sabina, viuda – Domingo, hijo de la dicha – Melchor, hijo de la dicha – Miguel, hijo de Esperanza, viuda.



Consta tener esta dicha encomienda veintisiete muchachos de menos edad de catorce años. Asimismo consta tener esta dicha encomienda setenta y siete indias de edad de catorce años para arriba. Asimismo consta tener cuarenta y una muchachas de menos edad de catorce años. Asimismo consta tener ocho indios jubilados de mas edad de sesenta años arriba.



Consta tener la dicha encomienda así por la matricula del cura doctrinero como por la declaración del cacique doscientas y doce almas en la forma siguiente: cincuenta y nueve indios útiles y de trabajo; veintisiete muchachos de edad de catorce años para abajo; setenta y siete indias de mas de catorce años; cuarenta y una muchachas de edad de catorce años para abajo; ocho indios jubilados de mas de sesenta años.



Con lo cual se acabo la matricula de la encomienda del dicho Jose Fernández y la firmé con el dicho Capitán Don Antonio de Oviedo, corregidor de dichos naturales. Por ante mi como Juez Receptor por no haber escribano Don Diego Jacinto y Mesa – Don Antonio de Oviedo.



Encomienda del Alférez Mateo de Parraga inclusa en esta doctrina del Señor San Juan Bautista, siendo en este dicho Valle de Carache: Antonio – Luis – Otro Antonio – Pascual – Juan de Segovia – Consta tener esta dicha encomienda del dicho Alférez Mateo de Parraga así por la matricula del cura doctrinero como por la declaración del mandón cinco indias útiles y de trabajo de catorce años hasta sesenta. Muchachos de esta encomienda: Santiago, hijo de Micaela – Roque hijo de Maria – Martín hijo de la dicha – Domingo hijo de la dicha – Miguel hijo de Luisa – Juan hijo de la dicha – Esteban hijo de Lorenza y Melchor – Mateo hijo de Felipa.



Según parece hay en esta dicha encomienda del dicho Alférez Mateo de Parraga diez muchachos de menos edad de catorce años. Asimismo consta tener esta dicha encomienda catorce indias de mas de edad de catorce años para arriba. Asimismo consta tener esta encomienda diez muchachas de edad de catorce años para abajo. Consta tener esta encomienda del dicho Alférez Mateo de Parraga, así por la matricula del doctrinero como por declaración del mandón treinta y nueve almas en la forma siguiente: cinco indios útiles y de trabajo; diez muchachos de edad de catorce años abajo; catorce Indias de mas edad de catorce años; diez muchachos de edad de catorce años para abajo.



Con lo cual se acabo la matricula de la encomienda del dicho Jose Fernández y la firmé con el dicho Capitán Don Antonio de Oviedo, corregidor de dichos naturales. Por ante mi como Juez Receptor por no haber escribano Don Diego Jacinto y Mesa – Don Antonio de Oviedo.



Encomienda de Bartolomé Castellanos inclusa en esta doctrina del Señor San Juan Bautista del Valle de Carache. Primeramente Juan – Jose – Tomas –francisco, ausente – Matías ausente – Gaspar – Martín – Agustín – Alonso, ausente –Luis – Miguel – Nicolas zambo – Roque zambo



Consta tener esta dicha encomienda según la matricula del cura doctrinero quince indios útiles y de trabajo de edad de catorce años hasta sesenta – Muchachos de esta encomienda: Domingo hijo de Jose y de Margarita – Esteban hijo de los dichos – Melchor hijo de los dichos – Francisco hijo de Tomas – Antonio hijo del dicho – Juan Ventura hijo del dicho – Diego hijo del dicho – Pablo hijo de Constanza – Nicolas hijo de Esperanza – Juan hijo de Melchor – Ambrosio hijo de la dicha.



Según parece hay en esta encomienda once muchachos de catorce años para abajo; asimismo consta tener trece indias de mas edad de catorce años; asimismo consta tener once muchachas de menos edad de catorce años.



Consta tener esta encomienda del dicho Bartolomé Castellanos cincuenta almas en la forma siguiente: quince indios útiles y de trabajo; once muchachos de catorce años para abajo; trece indias de edad de catorce años para arriba; once muchachas de catorce años para abajo. Con lo cual se acabo la matricula de los indios del dicho Bartolomé Castellanos y la firme con el dicho Capitán Don Antonio de Oviedo, corregidor de dichos naturales. Por ante mi como Juez receptor por no haber escribano – Don Diego Jacinto Valera y Mesa – Don Antonio de Oviedo.



Matricula de dos indios militares que sirven al regidor Jacinto Montero, llamados Juan Vaquero y su hermano Juan con lo cual se acabo la matricula de las cuatro encomiendas que tuvo esta doctrina del Señor San Juan Bautista del Valle de Carache, según consta de los libros de ella y declaraciones juradas de los caciques y mandones y la firme con el dicho Capitán Antonio de Ovideo, corregidor de dichos naturales. Por ante mi como Juez receptor por no haber escribano. Don Diego Jacinto Valera y Mesa. Don Antonio de Ovideo.



• ABOLICIÓN DEL SERVICIO PERSONAL OBLIGATORIO.



Las encomiendas de Carache como las demás de la Provincia de Venezuela tuvieron una modificación substancial con la Real Cedula del 20 de mayo de 1686, que suprimía el servicio personal de los indios, es decir la obligación de la trabajar tres días de la semana para los encomenderos. Este trabajo personal se cambiaba con el pago de un tributo en dinero o en especies.



Desde entonces, para los trabajos que tenían que hacer, los encomendados y hacendados debían contratar a los indios, quienes se alquilaban a su voluntad, libremente, por el precio y tiempo que quisieran.



Había motivado esta importante modificación, que mucho favorecía a los indios, una expresiva información del Provincial, Definidor y demás miembros del convento de Franciscanos de Caracas, del 14 de junio de 1672; y otra de Don Muno Rodríguez de Freytas que señalaba abusos graves en la adjudicación de encomiendas.



La real cedula del 30 de diciembre de 1688 fijaba el tributo que debían pagar los indios al encomendero: 6 pesos anuales los que vivían en las cercanías de Caracas, 10 leguas en contorno; y 4 pesos todos los de tierra adentro, quedando a voluntad de unos y otros efectuar estos pagos en dinero o en frutos de la tierra.



Otra del 17 de noviembre de 1683 estipulaba que de los seis y cuatro pesos de tributo, debían secarse el pago del doctrinero y los tres reales para el presidio de la Guaira y el preceptor de gramática de la ciudad de Caracas. Para el pago del corregidor de indios, estos debían abonar cuatro reales al año, tasa que no estaba incluida en el tributo. Se fijaba en dos reales diarios el sueldo mínimo que debía pagarse por el trabajo de los indios.



El tributo obligaba desde los 18 hasta los 60 años para los varones y hasta los 50 para las mujeres.



La aplicación de estas ordenanzas provoco informaciones representativas por parte de los encomenderos en todas las ciudades.



En Trujillo formose un largo expediente de la situación general de la ciudad y los encomenderos fueron presentados como respetuosos de los aborígenes a quienes deban trato digno y en todo de acuerdo con las disposiciones reales.



El Licenciado Blas Infante de Amaya era entonces el cura en propiedad de la doctrina de San Juan de Carache, en donde Vivian los indios de cuatro encomiendas.



Este y otros expedientes defensivos, con un largo y circunstanciado memorial, presento en Madrid el Sargento Mayor Don Jose Ramírez de Arellano, en su calidad de Procurador General de la Provincia de Venezuela y de los encomenderos de indios.



Ramírez de Arellano no pedía el retorno al tributo servil de tres días de trabajo forzoso, sino que entre muchas cosas, suplicaba al Rey que fijara en 12 pesos ½ el montante del tributo de los indios y ciertas obligaciones que debían imponérseles para asegurar el servicio domestico y labores de las tierras de los encomenderos.



A pesar de todo, la enmienda básica estaba planteada y el Rey no volvió atrás en su noble determinación a favor de la raza aborigen venezolana.



• FIN DE LAS ENCOMIENDAS DE CARACHE.



Ya sabemos que las encomiendas de Carache como todas las demás de Venezuela recibieron en 1686 una modificación importante con la supresión del trabajo obligatorio, sustituido por el pago de un tributo en dinero en frutos.



Años después; bajo el reinado de Felipe V, primer monarca de la dinastía de los Borbones, fueron totalmente abolidos

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(22) Archivo general de Indias. Santo Domingo, 743. “certificación de los curas doctrineros de la jurisdicción de la ciudad de Trujillo de la Paz sobre haber cumplido los encomenderos de indios”.



Por la real cedula del 27 de septiembre de 1724, que mando incorporar a la Corona todas las encomiendas conforme fueran vacando.



Para conocer la fecha en que terminaron las cuatro de San Juan de Carache, habría que ver en los Archivos parroquiales de aquella población el año de la defunción de sus encomenderos.

Con el fin de las encomiendas, los indios quedaron aun con la obligación del tributo que con modificaciones posteriores tuvieron que pagar a la Real Corona.



Este ingreso a las cajas reales fue totalmente suprimido al iniciarse la Independencia.



• CARACHE EN EL AÑO 1777.



Por la tarde del 14 de febrero de 1777 el obispo Don Mariano Marti llego a Carache para practicar la visita de esta población; había salido la víspera de Humucarobajo haciendo en dos jornadas el áspero y empinado trayecto entre ambos pueblos.



Por espacio de veinte días consecutivos estuvo el Sr. Obispo en Carache y fue solamente el seis de marzo cuando salto para el pueblo de Santana.



Por el censo que por su orden hizo detalladamente el párroco del lugar, sabemos que la población global de Carache era entonces de 2538 habitantes, de los cuales 298 vivían en el pueblo y 2230 en sus campos.



Se contaban 155 indios viviendo en la población y 179 en los campos, en total 334 aborígenes.

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(23) Legislación Ultramarina, tomo 3, Pág. 96.



Había también 143 vecinos españoles y de otras castas habitantes en el pueblo, mientras que en los campos su numero ascendía a 2061, en total 2204 que no eran indios.



Antes de irse el Sr. Obispo ordeno al Cura que “celase los frecuentes abusos y escándalos que había entre los feligreses de la parroquia en materias de moral, por la variedad de loa que viven en población, blancos, negros, mestizos y de otras castas, que por ser mucho mayor su numero que el de los indios, no podían sujetarlos las justicias de estos”.



En el pueblo las únicas autoridades que había eran las de la comunidad indígena, que constaban de su alcalde o cacique, según designación que le daban, y de 2 regidores indios. Claro esta, como bien objetada el Obispo, estas no tenían gran dominio sobre los demás vecinos del pueblo que no eran de su casta.



Anota también el Obispo la falta de corregidor, advirtiendo que el que este ejercía entonces en Carache, lo era también de los demás pueblos de todo el vicariato de Trujillo, a la vez que era también Teniente Justicia Mayor de aquélla ciudad, por cuyos motivos venia a Carache muy pocos días al año y así no ejercía debidamente las funciones de su ministerio.



Desde el año de 1745, Carache no había sido visitado por prelado alguno; nada de extrañar entonces que Don Mariano Marti confirmaba en los días de su permanencia en aquella población a 2499 personas, según consta en la relación de su visita a esta población.



• LO ACONTECIDO EN CARACHE EN 1781 CONTRA EL VISITADOR DE LA RENTA DE TABACO.



El movimiento llamado de los Comuneros de Mérida, que sacudió la región andina de Venezuela, desde el Táchira hasta

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(24) A. G. I. Caracas 959, folio 277.



Trujillo, tuvo, en cierto modo, su repercusión entre la pacifica población rural de Carache; siendo el cura párroco de aquel pueblo el protagonista de un brote, en el cual asomaba la idea de una “amable libertad”.



Vamos hacer la trascripción de una carta interesante que trata de estos particulares, que hallamos en nuestras rebuscas en el Archivo de Indias:



“Don Carlos del Pozo, visitador de la Real renta del Tabaco en los Departamentos de San Felipe, Barquisimeto, Carora, Trujillo, y demás del interior de esta Provincia, por su señoría el señor Intendente de Ejercito y Real Hacienda y Corrector General de la expresada renta en esta Provincia y sus anejas, Don Jose de Hablaos, Caballeros de la distinguida y esclarecida orden de Carlos tercero, etc. Certifico en la mejor forma que haya lugar y en derecho valer pueda, como habiéndome retirado al Pueblo de Carache, uno de los de la jurisdicción de la ciudad de Trujillo y estando en el, el día catorce llegaron a la casa de mi morada y Cuartel de mi ronda, el Gobernador Indio con otros acompañados de su misma clase, estando presentes Fernando Aponte, Hermenegildo Arrabal, Juan Nicolas de Sequera y Francisco Albisu, guardas de mi partida, y me amonestaron saliese del Pueblo con mi gente, pues ya no era tal visitador, ni convenía que estuviese en esta jurisdicción; y habiéndolos reconvenido que si esto no era de nuestro Rey y Señor (que Dios guarde) dijeron que eso estaba por ver, pues ellos esperaban la amable libertad, reconvenía de quien era hija esta producción y quienes los habían insistido para venir a mi casa. Fernando Hermenegildo Arrabal. Juan Nicolas Sequera. Fernando Jose Aponte. Es copia de su original, que queda en la secretaria de la Independencia de mi cargo. Caracas 20 de septiembre de 1781. hablaos (rubricado)”.



• CARACHE Y SU CUATRICENTENARIO.



Como ya anotamos, Carache no tuvo fundación formal al igual del Tocuyo, Barquisimeto, Trujillo, Guanare y otras ciudades; pero esto no es razón para que no pueda celebrar el cúatricentenario de sus comienzos.



Al pueblo de encomienda de San Juan Bautista de Carache, cuando las posibilidades del personal eclesiástico lo permitieron, se le nombro cura doctrinero para el servicio religioso de sus moradores, motivo por el cual solía designarse y así siempre aparece en los documentos y papeles antiguos “Doctrina de San Juan Bautista de Carache”.

Como este pueblo fue en sus principios doctrina de indios de las encomiendas de Luis de Villegas y de Francisco Terán, ya que la de Francisco Infante fue algo posterior, bastaría conocer el año de su formación para fijar la fecha de sus comienzos.

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(25) Archivo general de Indias – Caracas 425.



No conocemos la fecha exacta en que a Luis de Villegas le fue asignada la encomienda de Carache, por haberse perdido los autos originales de entrega; pero sabemos de cierto que antes de 1565, porque en este año hizo entrega de ella, y Francisco de Labastida, a la sazón teniente de gobernador en Trujillo, adjudico parte de ella a Francisco Infante.



Diego García de Paredes, después de fundar a Trujillo, por marzo o abril de 1558, hizo reparto de encomiendas entre los pobladores de la ciudad, lo que, según parece, motivo el alzamiento de los Timotocuicas por mediados de 1559. puede haber sido durante este primer año de ocupación cuando Paredes asignara tanto a Luis de Villegas como a Francisco Terán sus encomiendas de San Juan de Carache y como no consta que los cuicas de Carache hayan secundado en su alzamiento a los de la parte montañosa del sur de Trujillo, quienes fueron los que se sublevaron en masa, bien pudiera ser que haya sido hacia fines de 1558 o comienzos de 1559 cuando hubiese tenido lugar el principio de estas encomiendas.



Habiendo Francisco Ruiz repoblado a Trujillo con el nombre de Mirabel, los dos meses de su actuación (octubre, noviembre) de 1559 no le permitirán ocuparse del asunto de encomiendas, ya que bastante trabajo tuvo en precaverse de la reacción que su llegada hubiese podido provocar entre la gente indiana.



Diego García de Paredes, por nombramiento del nuevo gobernador Pablo Collado, habiéndose hecho cargo de Mirabel, a la cual repuso su prístino nombre de Trujillo, en diciembre de 1559, hizo la conquista metódica de los Timotocuicas, apoderándose de todos sus fuertes. Después en el año de 1560 o en

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(26) “Cuando Paredes repartió las encomiendas y pretendieron unos pobladores hacerles efectivas, los timotos y cuicas de las montañas no aceptaron, mataron a uno o dos españoles, se coligaron todos para acabar con la Nueva Trujillo”. “El gobernador y Maestre de Campo, Diego García de Paredes”, Pág. 366.



El de 1561, volvió a ocuparse de las encomiendas, confirmado o tal vez modificando el primer reparto y asignando otras a los nuevos pobladores.



Fue, pues, del mismo Diego García de Paredes, estando en Escuque o en Bocono, de quien tanto Luis de Villegas como Francisco Terán recibieron sus encomiendas de San Juan de Carache, en 1558 – 1559 o a mas tardar en 1560 – 1561.

En una de las anteriores fechas es cuando deben, pues, colocarse los incipientes comienzos de las encomiendas que dieron origen a la actual población de Carache, la cual sin discontinuidad siguió con el carácter de doctrina de indios encomendados y después tributarios hasta comienzos del siglo XIX.



A esta doctrina fueron, poco a poco y desde muy temprano, agregándose personas de otras castas, hasta el punto de llegar a ser mayor el número de estas ultimas que el de los aborígenes cuicas con quienes se había fundado.



El hecho de que la encomienda fuese puesta bajo la advocación de San Juan Bautista podría tal vez considerarse como indicio de que su iniciación coincidiera en la festividad de este santo, un 24 de junio, en uno de los años arriba anotados.



Habiendo como hay la seguridad de que ya para 1561 se había iniciado o que comenzara en aquel año la encomienda de San Juan de Carache, muy bien podría esta ciudad celebrar en 1961 el cúatricentenario de sus orígenes y comienzos aunque no hubiese coincidencia perfecta en la fecha de su conmemoración, ya que con motivo de tales acontecimientos el pueblo se interesa por su historia regional, se enfervoriza el espíritu patriótico y se aviva el cariño al lar nativo; y también porque con la celebración de tales festejos se realizan siempre

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(27) Salió DE Trujillo para Mérida en junio de 1561 por las desavenencias con el gobernador Pablo Collado.



mejoras materiales importantes para el bien de la comunidad toda; y se a tributan al eterno, gratitud por los beneficios recibidos y se impetran su protección para el futuro. Esto y otros beneficios parecen, como en el caso presente, militar a favor de la celebración de los 400 años de vida consecutivos en el total, caso la fecha exacta muy bien puede relajarse en segundo plan.



Hacemos constar que con los datos que hasta hoy conocemos no se puede tratar con mayor presión de los orígenes de Carache.






Biografia de Nectario Maria





Luis Alfredo Pratlong Bonicel, nace en Hyelzas, Francia, el 28 de octubre de 1888. Inicia su noviciado en 1905 en la congregación Lasallista, egresa de maestro normalista en 1907.

Llega a Venezuela en 1913, se incorpora al equipo docente fundador del Colegio La Salle de Barquisimeto. En 1917, hace profesión de votos perpetuos, adopta desde entonces el nombre de Hermano Nectario María.

Se titula en la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma de Doctor en Teología y Ciencias Sagradas y en la Universidad de París de Profesor Titular de Enseñanza Secundaria y Mineralogista y Geólogo.

Fundador del Centro de Historia Larense e impulsor en Venezuela del Culto Mariano. Promueve la construcción del monumento nacional a la Patrona de Venezuela así como del Palacio Episcopal de Guanare, realiza investigaciones históricas en el Archivo General de Indias (España), y reúne un excepcional acopio de datos al registrar más de 120.000 fichas de documentos referentes a Venezuela, más de 1.000 volúmenes de documentos copiados a mano de dicho archivo, que pasan a nuestra Academia Nacional de la Historia y al Archivo General de la Nación.

Una labor de descomunal importancia para la memoria histórica de nuestro país, impresionante que la haya llevado a término un solo hombre. Elabora manuales didácticos que se usan como textos de enseñanza en todo el país, e imparte durante más de 40 años las cátedras de Historia y Geografía en el Colegio La Salle de Barquisimeto.

Luego de una vida harto fructífera y de fundamental importancia fallece en Caracas el 3 de octubre de 1986 a los 98 años.
Fuentes
http://www.elimpulso.com/enciclopedia/personajes/Pages/HermanoNectarioMar%C3%ADa.html